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Por Hugo Garrido (*)
El 55% de los 170.822 incendios ocurridos en la década 2001-2010 fueron intencionados. Pero, ¿cuántos llegan finalmente a los tribunales? Esta es una de las líneas de investigación que iniciaremos gracias a vuestras aportaciones.
Entre 2007 (primer año con datos de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente[1]) y 2011 se dictaron 603 sentencias por incendios forestales, un 74 % de ellas condenatorias. Al término de 2011, había 2.306 procedimientos judiciales[2] en tramitación por esta causa.
La investigación de los incendios forestales es compleja. A la dificultad, en muchas de las ocasiones, para determinar la causa del siniestro, se añaden otras como la necesidad de coordinar a los de diferentes Cuerpos de Seguridad del Estado que participan en el proceso, por la duplicidad de atestados que se generan. Además, cuando se trata de fuegos intencionados, la propia ley se convierte en un problema. La Ley del Tribunal del Jurado[3] establece que son competencia de un jurado popular los juicios por delito de incendio forestal doloso (con intención).
Si algo se repite en las memorias de las fiscalías año tras año, es el rechazo a la figura del Jurado, que tachan de “poco práctica, cara e ineficaz”, para juzgar delitos de esta naturaleza. Según recoge la memoria de la Fiscalía de Orense en 2009[4], “se trata de un procedimiento lento, con trámites no muy útiles y reiterativo”. Apunta también, a los problemas de este tipo de tribunal para valorar las pruebas periciales por que “la mayoría de las veces la acusación se sustenta en indicios”, lo que “aboca al Jurado a emitir un veredicto absolutorio”.
Así ocurrió durante el juicio celebrado en 2007, ante un Jurado en Collado Villalba, donde el acusado de 14 incendios ocurridos durante agosto de 2005, fue declarado no culpable de todos ellos. De nada sirvieron los testimonios y pruebas periciales recogidas para cada uno de los catorce fuegos. El recurso de casación contra la sentencia, interpuesto en el Tribunal Supremo, fue desestimado.
Cuando los acusados son declarados culpables, el actual Código Penal[5] contempla penas de entre uno y cinco años de prisión. El castigo irá de diez a veinte años en el supuesto de que haya existido peligro para la vida o integridad física de las personas. Pero esta última circunstancia no es de aplicación automática. A la hora de ponderar y determinar la pena, intervienen factores tan dispares como la colaboración del responsable con la justicia o el ritmo de trabajo de los propios tribunales.
Un ejemplo es el del trágico incendio de Riba de Saelices (Guadalajara), en julio de 2005. La barbacoa mal vigilada de unos excursionistas provocó un fuego que acabó con la vida de 11 personas durante las labores de extinción. En la sentencia dictada[6] el pasado mes de julio, el único culpable fue condenado a dos años de cárcel y al pago, en concepto de responsabilidad civil, de más de diez millones y medio de euros. Las valoraciones del tribunal y la aplicación de los atenuantes de confesión y demora indebida del proceso —la instrucción duró siete años—, han evitado que este hombre entre en prisión.
Una circunstancia similar puede darse en el caso del incendio que afectó, en el verano de 2007, a más del 10% de la superficie de la isla de Gran Canaria. El acusado, autor confeso del fuego, efectuaba labores de vigilancia desde hacía diez años para las subcontratas encargadas de la prevención de incendios. Según declaró a la juez[7], pretendía que su contrato se extendiera más allá de los meses de verano. Tras tres años y medio en prisión preventiva, fue puesto en libertad a principios de 2011, para alegría de sus vecinos[8]. Hoy, más de cinco años después, el caso aún permanece a la espera de juicio[9] por parte de un Jurado.
El Gobierno, ante las críticas sucesivas de jueces y fiscales, y tras la difícil situación de este verano, ha propuesto cambios en su reforma del Código Penal[10], con una elevación de las penas máximas y la supresión del Jurado para este tipo de delitos.
Lamentablemente, casos como los anteriores no son una excepción. A partir de las próximas semanas y gracias a vuestras donaciones, comenzaremos a investigar qué ha pasado con los responsables en los juzgados.
Pero, ¿por qué se inician los incendios? ¿Cuánta vigilancia hay de que se están cumpliendo las leyes? Esta es otra línea de investigación que proponemos y que si no recaudamos más dinero se quedará sin hacer. Nos quedan menos de 40 horas para terminar la campaña en Goteo. Ayúdanos a conseguir más fondos, difundiendo lo que hacemos.
(*) Hugo Garrido (@hgrosado) forma parte del equipo de "España en Llamas" y la Fundación Ciudadana Civio.
[1] http://www.fiscal.es/cs/Satellite?cid=1240559967627&language=es&pagename=PFiscal%2FPage%2FFGE_subHomeFiscalias
[2] http://www.fiscal.es/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3Dmemoria2012_vol1_amf_09.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1246969522585&ssbinary=true
[3] http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo5-1995.html#a2
[4] http://www.fiscal.es/cs/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DMEMORIA+2009+FISCALIA+MA.pdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1246969195638&ssbinary=true
[5] http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t17.html#a352
[6] http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6436013&links=riba%20de%20saelices&optimize=20120712&publicinterface=true
[7] http://www.elmundo.es/elmundo/2007/07/30/espana/1185799183.html
[8] http://www.laprovincia.es/gran-canaria/2011/01/16/tejeda-arropa-piromano-primer-dia-libertad/346807.html
[9] http://www.antena3.com/canarias/noticias/ciencia/medioambiente/penas-anos-prision-quemar-monte_2012081700149.html
[10] http://www.lamoncloa.gob.es/ConsejodeMinistros/Enlaces/111012-enlaceanteproyectodelcp.htm
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